Son numerosas las veces que desde estas noticias de Sic Concursal nos hemos hecho eco de demandas de distintos colectivos vinculados a la gestión de concursos de acreedores y liquidaciones concursales para que se mejore la actual Ley Concursal. De hecho se han producido numerosas reformas recientes, lo que para muchos profesionales del derecho y la administración concursal es indicativo de que podría haberse hecho mejor desde un inicio.

gestión de activos concursales

Iniciar los procedimientos de manera precoz podría evitar que la entrada de una empresa en concurso de acreedores implique su total liquidación

Algunas voces señalan que estas reformas están únicamente orientadas hacia el concurso consecutivo de persona física para conseguir la llamada segunda oportunidad. Es decir, para lograr que familias que se han sobreendeudado y que no tienen ya nada más que liquidar, se las exonere de todo aquello que no ha conseguido terminar de pagar (excepto el crédito público, que tiene privilegios). Sin embargo, esta ley difícilmente ayuda a las empresas a volver a salir a flote porque para la compañías el concurso es un trámite lento y caro, con la burocracia inherente un juzgado. La agilidad no es la deseable, a pesar de que muchos juzgados dan preferencia a la materia concursal frente a otros procedimientos civiles conscientes de la urgencia de solventar la situación para una empresa en activo y con trabajadores, ya que las demoras pueden abocar a la compañía a su total cierre y a sus empleados la pérdida de su sustento.
Muchos profesionales coinciden en que la agilidad que precisan las empresas no es compatible con la ley tal cual está actualmente. Además hay que ser conscientes de que el peso de esta agilidad no puede recaer únicamente en los juzgados, ya que los concursos de acreedores son procesos complejos en los que hay que evitar las urgencias y tomarse el tiempo necesario para no cometer errores.
En anteriores post hablamos de la importancia de que estos casos se inicien de forma más precoz para evitar abocar a las empresas en concurso de acreedores a su total liquidación de activos y cese de actividad. Muchas empresas en crisis esperan demasiado para solicita el concurso de actividades porque algunas ignoran que tienen una obligación legal de saber que, una vez conocida la situación de insolvencia actual o inminente, deben pedir el concurso a los dos meses siguientes o bien hacer una junta de acreedores y ampliar capital para dar una solución al problema de insolvencia. En algunos casos es problema de desconocimiento y en otros es miedo a que el inicio del trámite empeore su situación, porque temen que los proveedores no les sirvan o que se dificulten nuevas operaciones.
El concurso de acreedores no debería de ser sinónimo de liquidación de activos, sino que debería de ser una oportunidad de solución para una empresa acuciada por las deudas. Un concurso debería ser un proceso de refinanciación a través, del convenio con acreedores a través de una quita o espera para pagos, por poner un ejemplo.