Ante el concurso de acreedores siempre habrá casos en los que resulte inviable plantear el reflotamiento de la compañía, viéndose la misma encaminada a su liquidación. Pues bien, aun en estos casos, el concurso de acreedores articula instrumentos legales que permiten, a través de la figura de la venta de unidad productiva, evitar la cesación de la actividad y la extinción, total o parcial, de los contratos de trabajo.

Retomamos un interesante artículo de hace cuatro años en Cinco Días.